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DILIGENCIA DEBIDA CON CONOCIMIENTO DE CAUSA
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Mauricio

Supervisor CTF de Mauricio

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La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)

La UIF se creó en virtud de la Ley de Inteligencia Financiera y Lucha contra el Blanqueo de Capitales de 2002. La Ley identifica a las Personas Informantes (instituciones financieras y otras empresas identificadas) para ayudar a contrarrestar el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Cómo cumplir la normativa de la Ley de Inteligencia Financiera y Lucha contra el Blanqueo de Capitales (FIAMLA) en Mauricio

Mauricio

Las siguientes empresas se consideran Entidades Informantes:

  • Contable profesional, contable público Instituto de Contables Profesionales de Mauricio y empresa miembro en virtud de la Ley de Información Financiera
  • Bufete de abogados, bufete de abogados extranjero, empresa conjunta de abogados, abogado extranjero, en virtud de la Ley de Profesionales del Derecho
  • Abogados
  • Barristers
  • Notarios
  • Persona con licencia para explotar un casino, un hotel casino, como organizador de carreras de caballos, la Lotería Nacional de Mauricio, una máquina de pago limitado, un sorteo, como promotor local de quinielas, como agente de un promotor local de quinielas, una casa de juego, una máquina de juego, como totalizador, como corredor de apuestas y juego interactivo en virtud de la Ley de la Autoridad Reguladora del Juego.
  • Comerciante de joyas, piedras preciosas o metales preciosos
  • Agentes inmobiliarios, incluidos promotores y promotores inmobiliarios
  • Empresas proveedoras de servicios
  • Bancos ("Actividad de un banco")
  • Instituciones financieras
  • Distribuidores de efectivo
Cumplimiento

Las entidades declarantes deben asegurarse de que

  • Llevar a cabo la Debida Diligencia sobre el Cliente antes y durante el transcurso de la relación comercial o al realizar transacciones para clientes ocasionales, lo que incluye:
    - Identificar a los beneficiarios efectivos
    - Identificación de Personas Expuestas PolíticamentePEPs nacionales y extranjeras
  • Mantener registros de todas las transacciones de los clientes
  • Identificar todos los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo asociados a los productos y servicios ofrecidos y aplicar las medidas adecuadas para mitigarlos.
  • Presentar informes reglamentarios
  • Registrarse en la FIU

Cuando la persona obligada a comunicar información haya identificado riesgos inferiores, podrá aplicarse la diligencia debida simplificada con respecto al cliente (SDD) si el bajo riesgo identificado coincide con las conclusiones de la evaluación nacional de riesgos de la autoridad supervisora o el organismo regulador pertinente, según cuál haya sido emitido más recientemente.

¿Cuáles son mis obligaciones de información en AML/CTF ?

Como entidad obligada a informar, debe comunicar las transacciones sospechosas a la UIF. Sus obligaciones de notificación incluyen:

  • Informes sobre transacciones sospechosas (ITS): deben presentarse en el plazo de 5 días laborables desde que se tiene conocimiento de la transacción sospechosa;
  • Tenga en cuenta que las transacciones en efectivo superiores a 500.000 rupias (una sola transacción o varias que sumen 500.000 rupias) no están permitidas y deben notificarse como sospechosas si se producen.