Los supervisores de Rumanía AML/CTF
De acuerdo con las directrices de la Ley nº 129/2019 de prevención y sanción del lavado de dinero y financiación del terrorismo, la Oficina Nacional de Prevención y Control del Lavado de Dinero (ONPCSB) es la unidad de información financiera designada con la facultad de reunir, almacenar, investigar, analizar y divulgar la inteligencia financiera realizada (AML ley).
La Oficina Nacional del Juego, la Autoridad de Supervisión Financiera y otros organismos también vigilan el cumplimiento de importantes requisitos de la ley AML .
¿Cómo se cumple la normativa AML/CTF en Rumanía?
Para las entidades reguladas, la ley AML establece varias obligaciones. Estas consisten en:
Deber de desarrollar procedimientos estándar, simplificados o mejorados de diligencia debida con respecto al cliente para:
- Identificar al cliente y confirmar su identificación
- Determinar quién es el verdadero beneficiario y tomar medidas razonables para confirmar su identificación.
Necesidad de disponer de sistemas de gestión de riesgos suficientes, incluidos métodos de evaluación de riesgos, para identificar si un cliente o el beneficiario real de un cliente es una persona políticamente expuesta (PEP)
- Obligación de conservar todos los registros generados por los procedimientos de diligencia debida con respecto al cliente durante un periodo de 5 años a partir de la finalización de una relación comercial o de la fecha de una transacción única.
- Obligación de conservar los justificantes y la información sobre las transacciones durante 5 años tras el fin de una conexión comercial o 5 años tras una transacción única.
Obligación de nombrar a una o varias personas que supervisen la aplicación de la ley AML
Establecimiento de normas y procesos internos que abarquen al menos los siguientes componentes:
- Medidas que los clientes pueden aplicar para la diligencia debida
- Directrices de conservación que pueden aplicarse a los informes, registros y todos los documentos.
- Medidas para gestionar el cumplimiento, la comunicación, la evaluación de riesgos y la gestión que se aplican internamente.
- Medidas ejecutables para salvaguardar al personal interno implicado en la aplicación de estas políticas de cualquier amenaza o comportamiento hostil o discriminatorio.
- Formación periódica de los empleados
Deber de establecer una función de auditoría independiente para poner a prueba estas políticas y procedimientos, en función del alcance y la naturaleza de la actividad.
Deber de garantizar que los miembros del personal reciban formación frecuente sobre la normativa de la ley AML
Responsabilidad de reconocer y evaluar los riesgos asociados a cualquier actividad que exponga a las entidades a ML/TF teniendo en cuenta las consideraciones de riesgo.
¿Cuáles son mis obligaciones de información en AML/CTF ?
Las empresas declarantes están obligadas a notificar al ONPCSB las transacciones sospechosas si saben, sospechan o tienen motivos fundados para sospecharlo:
Los activos se obtuvieron mediante actividades ilegales o tienen vínculos con la financiación del terrorismo o
La información de la entidad declarante puede utilizarse para cumplir los requisitos de la ley AML .
Cuando las circunstancias objetivas de hecho relativas a una relación comercial o a transacciones ocasionales correspondan total o parcialmente a los indicadores de tipologías de transacciones sospechosas presentados públicamente por el ONPCSB, las entidades declarantes también están obligadas a presentar un informe de transacciones sospechosas al ONPCSB.
Las entidades declarantes también deben tratar como cuestionable cualquier trato comercial o transacción esporádica con una persona cuyos datos de identificación hayan sido señalados por el ONPCSB.
Notificación de transacciones que no son cuestionables
Las entidades declarantes deben informar al ONPCSB de cualquier transacción en efectivo, ya sea en RON o en otra divisa, con un límite mínimo igual a 10.000 euros en RON, incluidas las transacciones relacionadas.
Las entidades de crédito e instituciones financieras deben presentar informes sobre las transferencias externas hacia y desde cuentas en RON o en divisas, con un límite mínimo de 10.000 euros en RON, incluidas las transacciones relacionadas.
Las entidades declarantes deben informar a la ONPCSB de cualquier transferencia de fondos cuyo límite mínimo sea el equivalente en RON de 2.000 euros para la actividad de remesa.