La Autoridad Bancaria Europea (ABE) se creó en 2011 en el marco de supervisión del Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF) de 2010. El SESF también está compuesto por la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS) y otras autoridades de supervisión, a saber, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación(AESPJ). Las principales responsabilidades del SESF son el intercambio de información y la regulación de los Estados miembros de la UE, para preservar la estabilidad financiera y garantizar la protección de sus ciudadanos.
Jerarquía del marco regulador financiero de la UE
En junio de 2017, las tres Autoridades Europeas de Supervisión (ABE, AEVM y AESPJ) publicaron sus Directrices definitivas en materia de AML. Las Directrices se basan en un enfoque de la AML basado en el riesgo que deben adoptar tanto las entidades de crédito y financieras como los reguladores de AML.
La Guía establece los factores que las entidades de crédito y las instituciones financieras deben tener en cuenta al evaluar el riesgo de ML/TF asociado a una relación comercial o a una transacción individual. Además, se han previsto medidas de diligencia debida con respecto al cliente para mitigar el riesgo de ML/TF .
Objetivos y responsabilidades de la ABE
La ABE se creó el 1 de enero de 2011, como Autoridad independiente de la UE que asumió las responsabilidades del Comité de Supervisores Bancarios Europeos. Trabaja para garantizar la regulación y la supervisión en todo el sector bancario europeo con el fin de mantener "la estabilidad financiera y salvaguardar la integridad, la eficiencia y el funcionamiento ordenado del sector bancario."
Establece el marco del código normativo único europeo para el funcionamiento armonioso de las instituciones financieras en toda la UE. Sus responsabilidades incluyen la supervisión y evaluación de los riesgos y vulnerabilidades del sector bancario de la UE.
La ABE también establece directrices relativas a los límites y enfoques de la exposición de las entidades a las "entidades bancarias en la sombra" que realizan actividades similares a las bancarias fuera de un marco regulado. A estos efectos, las "entidades bancarias en la sombra" se definen como entidades que realizan actividades de intermediación crediticia, actividades similares a las bancarias que implican transformación de vencimientos, transformación de liquidez, apalancamiento, transferencia del riesgo de crédito o actividades similares.
Además, publica la lista de entidades de crédito, empresas de inversión y empresas de seguros autorizadas a operar en la Unión Europea y en los países del Espacio Económico Europeo (EEE), de conformidad con las normas del Banco Central Europeo (BCE).
Funciones y cometidos de la ABE
¿Quién debe cumplir la normativa de la ABE?
La ABE regula y supervisa a los siguientes participantes del sistema financiero:
- Bancos (UE/EEE),
- Entidades de crédito (UE/EEE),
- Entidades de crédito (UE/EEE),
- Empresas de inversión (UE/EEE),
- Empresas de seguros (UE/EEE),
- Comerciantes de comercio electrónico (en cumplimiento de normativas como la autenticación fuerte de clientes (SCA) en el marco de la PSD2).
- Entidades de importancia sistémica mundial (EISM) con una medida de exposición global superior a 200 000 millones de euros,
- Otras entidades de importancia sistémica (OEIS) que, debido a su importancia sistémica, pueden crear riesgos para la estabilidad financiera y pueden afectar negativamente al sistema o contribuir a distorsiones del mercado.
Novedades - Programa de trabajo de la ABE 218
El Programa de Trabajo de la ABE describe y resume los objetivos, prioridades y resultados anuales.
El trabajo de la ABE para 2018 contempla siete áreas estratégicas y 38 actividades, con detalle de los objetivos a alcanzar para 2018.
Las prioridades para 2018 incluyen:
- contribuir al marco del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (CSBB)
- ejecutar el proyecto de infraestructura de datos para potenciar el papel de la ABE como centro de datos para los bancos de la UE;
- evaluar el marco normativo Fintech, los riesgos operativos y las oportunidades; sus repercusiones en los modelos de negocio de las entidades de crédito, la conducta de las empresas financieras y AML;
- el seguimiento del código normativo único y su impacto en las entidades